Revoca INE candidaturas de Araceli García Muro y Rosa Evelia Villarruel Figueroa

Por no entregar al árbitro electoral local informes que comprobaran el monto, origen y destino de los recursos que gastaron durante el periodo de precampañas, el Consejo General del INE revocó el registro de candidaturas a una diputación federal por Morena, a las colimenses Araceli García Muro y a Rosa Evelia Villarruel Figueroa.

Las dos aspirantes colimenses buscaban ser candidatas de Morena en el Distrito Federal 01. Actualmente, Araceli García Muro es diputada local por ese partido, mientras que Rosa Evelia Villarruel Figueroa se ha desempeñado como activista social.

De acuerdo a información del portal Animal Político, las sanciones contra las colimenses forman parte del paquete aprobado por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) en contra de aspirantes de Morena, 2 a gobernador (Félix Salgado Macedonio, de Guerrero, y Raúl Morón Orozco, en Michoacán), 6 a diputados locales, 16 a presidencias municipales y 25 a diputaciones federales.

Los 49 aspirantes morenistas, explica Animal Político incurrieron en la misma falta: no entregar al árbitro electoral local informes que comprobaran el monto, origen y destino de los recursos que gastaron durante el periodo de precampañas.

Por la misma falta, el INE canceló los registros de 5 candidaturas promovidas por Redes Sociales Progresistas(RSP).

El castigo a Morena se debe principalmente a que este partido omitió registrar a sus aspirantes como precandidatos, apelando a las designaciones mediante encuestas y “por unidad”. Tanto el partido como los propios aspirantes alegaron que, como estos no tenían la calidad de precandidatos, no hicieron propiamente precampaña y, por ende, no tenían por qué reportar ingresos y gastos.

El INE rechazó esta argumentación al señalar que, independientemente del nombre con que hayan sido registrados, la ley electoral prevé un periodo de precampañas y campaña, sucesivamente, y ordena a los aspirantes, sin excepción, comprobar el origen y destino de los recursos ejercidos en ambas etapas de la elección, aun cuando no tuvieran la calidad de “precandidatos”.

Animal Político recuerda que el Artículo 229 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales(LEGIPE) establece que la pena de incumplir con el reporte de ingresos y gastos es la cancelación del registro como candidato.

Con información de El Comentario

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